Economía Paraguaya

La Corte Suprema ratifica prescripción de caso de ex intendente

21/07/2026 22:01 28 vistas Fuente: Diario Paraguayo

La Corte Suprema de Justicia ratificó mediante fallo dividido la prescripción de la causa contra un ex intendente por presunto desvío de fondos públicos. El Tribunal de Apelación Penal de Cordillera había declarado extinguida la acción penal por haber transcurrido el doble del plazo de prescripción establecido por ley.

La Corte Suprema ratifica prescripción de caso de ex intendente

Resolución de la Sala Penal

Los ministros Manuel Ramírez Candia, Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera emitieron un fallo dividido que rechazó los recursos de casación presentados por el fiscal Carlos Maldonado y los querellantes adhesivos Marcial Ayala y Alcides Benítez.

Antecedentes del caso

La conducta penal objeto de investigación se remonta al 3 de diciembre del 2013, fecha en la cual supuestamente se realizó el desvío de fondos. La Fiscalía, a través de la fiscal Gloria Gamarra, atribuyó un perjuicio de G 299.498.077, mientras que la querella acusó por un presunto daño patrimonial de G 2.105.327.439.

Durante el juicio oral llevado a cabo el 6 de enero del 2025, el Tribunal de Sentencia absolvió al acusado al no demostrarse el daño patrimonial alegado. Según los antecedentes, el tribunal se constituyó en todos los sitios donde se invirtieron los recursos, verificando su existencia y comprobando que cada desembolso contaba con respaldo documental.

Apelación y declaratoria de prescripción

La absolución fue apelada tanto por la Fiscalía como por la querella. No obstante, el 18 de marzo del 2025, el Tribunal de Apelación Penal de Cordillera declaró la prescripción de la causa, argumentando que había transcurrido el doble del plazo de prescripción legal establecido.

Este fallo fue atacado mediante recurso extraordinario de casación. Tanto los querellantes como el fiscal señalaron la falta de fundamentación de la resolución de los camaristas y solicitaron la nulidad de lo resuelto, argumentando que existieron interrupciones del proceso que no fueron consideradas.

Posiciones de los magistrados

En su voto, el ministro Manuel Ramírez Candia expresó que correspondía anular la resolución de los camaristas, considerando que las interrupciones del proceso no fueron adecuadamente valoradas, por lo cual solicitó enviar la causa a otro Tribunal de Apelación Penal.

Sin embargo, en mayoría, los ministros Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera votaron por confirmar el fallo de los camaristas, entendiendo que correspondía ratificar lo resuelto respecto a la prescripción de la acción penal.

Medidas posteriores

La Corte Suprema dispuso remitir los antecedentes a la Dirección de Auditoría y Gestión, al Consejo de Superintendente y al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados. Según el voto en mayoría, el propósito de esta remisión es que dichas dependencias determinen si el actuar de los jueces, agentes fiscales y abogados litigantes contribuyó a que operara la prescripción, debiendo informar a la Sala Penal en un plazo razonable los resultados de la investigación correspondiente.

Fuente original

Esta noticia fue publicada originalmente por Diario Paraguayo - Diario UltimaHora. Reproducimos el contenido aquí con atribución a la fuente.

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